Fundamentos de derecho de autor
El propósito de los derechos de autor
El propósito de la protección de obras bajo la ley de derecho de autor para promover el progreso, la innovación y la artística se esfuerza por permitir a los autores o creadores de aplica obras para beneficio de sus esfuerzos, al otorgarles el derecho exclusivo a controlar que el trabajo (con algunas excepciones, por lo que se considera un uso justo de la legislación nacional).
Sin derechos de autor, cualquier obra de arte o literaria de crear podía ser de inmediato y libremente copiados por otros. Esto podría significar que hay muy poco incentivo para dedicar el esfuerzo de escribir libros, hacer películas, creación de obras de arte, etc. como los artículos que usted cree que no tendría ningún valor.
De derecho internacional
Convenios internacionales que existen para garantizar que las obras creativas protegidas por la legislación nacional a través de la obra.
El más importante de ellos es el Convenio de Berna, que estipula que los derechos de autor debe ser otorgado de forma automática sin la necesidad de "formalidad"; el
Más detalles se pueden encontrar en nuestra Internacional de derecho de Autor de la página
Cuando se aplica el copyright.
El derecho de autor es un derecho automático que se aplica cuando un individuo se crea originales de la obra literaria o artística de cualquier tipo.
Para ser sujeto a derechos de autor, una obra que necesita ser fijado en una forma tangible (es decir, escrita, grabada en cine, etc.).
Lo que esto significa en la práctica es que cualquier obra literaria o artística que se crea de forma automática estará sujeta a derechos de autor si es original (no directamente copiado o adaptado de una obra existente). La mayoría de las jurisdicciones especificar que un trabajo debe también exhibe un cierto grado de trabajo, de habilidad o de la sentencia en su creación, pero en general, incluso en un grado muy pequeño de la habilidad, del trabajo o de la sentencia califica (por ejemplo, una simple foto en una cámara automática que debe calificar como algunos pequeños juicio era necesario para la trama y el tiempo de la imagen).
Primer propietario de los derechos de autor
El derecho de autor existe desde el instante en que se crea la obra.
Imagen porPor defecto, cuando artística o literaria de la obra es creada, la persona que crea la obra se convertirá automáticamente en el propietario de derechos de autor en ese punto. Esa persona es lo que normalmente se conoce como "el primer propietario del derecho de autor".
En los casos en que una obra es creada como parte de una persona normal de empleo, a continuación, el primer propietario normalmente será la empresa en la que trabajaba la persona que crea la obra, (a menos que esa persona estaba trabajando de manera freelance) .
El de arriba debe ser visto como la situación de incumplimiento; cualquier contrato o acuerdo escrito en el que se estipula el derecho de autor la propiedad de que el autor ha firmado que tomará precedencia.
La venta o la transferencia de derechos de autor
El derecho de autor es un activo: al igual que un coche, o una casa, o cualquier otro activo, el derecho de autor pueden ser transferidos o vendidos por el propietario del derecho de autor a otra parte. Cuando la transferencia de propiedad de derechos de autor, siempre es aconsejable tener un acuerdo por escrito o "factura de venta", que indica que la transferencia de la propiedad para evitar confusiones en el futuro o disputa.
También es importante darse cuenta de que sólo porque usted le paga a alguien para producir algo para que no significa necesariamente que usted es dueño de los derechos de autor, (de la misma manera que la compra de una impresión de una pintura o una copia de una canción/álbum no significa que usted es el propietario del copyright del original). Si usted está usando un contratista independiente para crear algo para usted, por ejemplo para el diseño de un logotipo, o tomar fotos, es importante tener claro quién es dueño de qué, y si tienen la intención de transferencia de derechos de autor para usted y en qué momento; por ejemplo, para un diseñador del logotipo es una buena práctica sólo la mano sobre el derecho de autor a usted después de que usted haya pagado en su totalidad por sus servicios.
Derechos del propietario del copyright
El artículo 9, punto 1, de la convención de Berna establece que:"Los autores de obras literarias y artísticas protegidas por el presente Convenio gozarán del derecho exclusivo de autorizar la reproducción de sus obras, en cualquier manera o forma."
Los siguientes actos, sólo puede llevarse a cabo por cualquiera de [a] el propietario del derecho de autor, o [b] alguien que ha obtenido el permiso (obtenido una licencia del titular de los derechos.
- Copiar el trabajo.
- Distribuir copias de la obra al público.
- Ejecutar públicamente, exhibir, transmitir o difundir la obra.
- Adaptar o traducir el trabajo.
En muchos casos, el autor de una obra tiene el derecho a ser identificado como el autor, y a oponerse a cualquier tratamiento de la obra, que sería "perjudicial para su honor o reputación" de la obra (incluso si no es el propietario del derecho de autor).
Excepción a los derechos del propietario del copyright
Las leyes nacionales no permiten algunas excepciones (por lo que a menudo es llamado el 'uso justo' o 'trato justo').
El uso justo normas difieren de un país a otro, pero normalmente cubre:
- la investigación privada y personal de estudios educativos,
- noticias de examen y presentación de informes,
- formato de cambio de marchas, y
- haciendo una lectura/versión accesible de una obra para personas con discapacidad, que de otro modo no puede leer/acceso a la obra.
Estas nacionales de excepciones al derecho de autor que están limitados por los términos de Berna,
El artículo 13 deTRIPs estados:"Los miembros circunscribirán las limitaciones y excepciones a los derechos exclusivos a determinados casos especiales que no atenten a la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular de los derechos."
El artículo 9, punto 2, del convenio de Berna establece:Será a las legislaciones de los países de la Unión de permitir la reproducción de dichas obras en determinados casos especiales, con tal que esa reproducción no atente a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor.